Normativa para la obtención de grados de cinturón negro Shotokai España

La pasada semana publicamos el programa de grados de cinturón negro de Karate Do Shotokai España para 2017. Esta semana, os informamos de la normativa para la obtención de los cinturones: cuotas, solicitudes, tribunal, desarrollo, etc.

Normativa para la obtención de grados de cinturón negro Shotokai

La presente normativa representa un marco general de las exigencias básicas para otorgar los grados de cinturón negro Shotokai en España. Estos grados tienen validez en el seno de la propia Asociación y están reconocidos por la Nihon Karate-Do Shotokai que puede otorgar su diploma por convalidación.

De acuerdo con la costumbre y respeto de Shotokai a la tradición del Maestro Funakoshi, el máximo grado de la Nihon Karate-Do Shotokai es el Quinto Dan, correspondiendo las atribuciones para otorgarlo únicamente a la Nihon Karate-Do Shotokai en Japón.

A partir del año 2.010 para poder examinarse de 5º Dan, deberá abonarse asimismo el diploma de 4º Dan de Nihon Karate-Do Shotokai en Japón.

1.- REQUISITOS PARA PRESENTARSE A EXAMEN:

1.- CUOTAS DE EXAMEN, se deberán satisfacer las cantidades fijadas. Los aspirantes que repitan examen solo abonarán el 50% de la cuota de examen y el 50 % del curso técnico previo al examen (Es obligatoria la asistencia al curso técnico previo al examen). La presentación de documentación y abono de la cuota debe ser realizado con 15 días de antelación, como mínimo, y caso de no poder acudir al examen, se deberá notificar antes de 3 días de la celebración del mismo debidamente justificado (lesión, enfermedad, etc.) para tener derecho a la devolución de su aportación.

 

Cuotas de examen y curso correspondiente para 2017
Grado Cuota examen Cuota curso (50%) Total
Cinto Negro 35 € 15 € 50 €
1º Dan 40 € 15 € 55 €
2º Dan 60 € 15 € 75 €
3º Dan 80 € 15 € 95 €
4º Dan 100 € 15 € 115 €

 2.- ESTAR AL DIA EN EL PAGO DE SU LICENCIA.

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3.- TIEMPOS: Tener la edad reglamentaria, acreditar el tiempo de práctica necesario para cada grado y cumplir los plazos de permanencia en el grado anterior.

 

GRADO EDAD MINIMA AÑOS DE PRACTICA AÑOS EN EL GRADO ANTERIOR
CINTO NEGRO 14 5 1
C. N. 1er DAN 16 5 1
C. N. 2º DAN 18 2
C. N. 3er DAN 21 3
C. N. 4º DAN 25 4

Estos tiempos deberán ser acreditados mediante su documentación (cuaderno de certificación de grados: Shotokai Budo Teshou, debidamente cumplimentado).

 Número de licencias o años sellados en el Shotokai Budo Teshou

 

CINTO NEGRO INFANTIL 4 Consecutivas o 5 Alternas
1º DAN 3 Consecutivos o 4 Alternos
2º DAN 2 Consecutivos o 3 Alternos

A partir del 1º DAN

3º DAN 3 Consecutivos o 4 Alternos

A partir del 2º DAN

4º DAN 3 Consecutivos o 4 Alternos

A partir del 3º DAN

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4.- IDENTIFICACION: Mediante D.N.I., pasaporte, permiso de conducir, o libro de familia en caso de ser menor. PERMISO DEL PADRE, MADRE O TUTOR LEGAL AL SER MENOR EL ASPIRANTE.

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5.- SOLICITUD DE EXAMEN: Presentar la solicitud de examen debidamente cumplimentada en la A.S.A., así como la documentación exigida con una antelación mínima de 15 días naturales a la fecha fijada para el examen. Dicha solicitud irá firmada por un Profesor afiliado a la A.S.A. o por un Profesor o Director Técnico de una Entidad (Asociación o Federación) integrada, afiliada y reconocida por A.S.E. Deberá estar al corriente del pago anual de la cuota de afiliación a la A.S.A. o a la A.S.E para el segundo caso.

2.- TRIBUNAL:

El tribunal de examen estará formado por el Instructor Jefe de la Nihon Karate-Do Shotokai designado para España, y el resto de miembros, todos con un grado igual o superior a Tercer Dan y designados por la Asociación Shotokai Andalucía. En ningún caso un juez podrá tener un grado inferior a aquél al que opte el aspirante.

El profesor del aspirante podrá estar presente mientras se examina su alumno en el Tribunal de Grados y también podrá estar presente en las deliberaciones de evaluación técnica de su alumno posterior al examen.

3.- DESARROLLO DEL EXAMEN:

El examen constará de dos fases independientes: una Fase Técnica y otra de Kumite específicas para los distintos niveles (Dan).

El tribunal podrá intervenir en cualquier momento del examen, solicitando del aspirante las explicaciones que estime oportunas, así como dar por finalizado el mismo cuando considere que dispone de los elementos de juicios necesarios.

La calificación del tribunal será de APROBADO o PENDIENTE, determinándose el resultado por acuerdo unánime entre sus componentes, tras la deliberación correspondiente.

Los resultados se comunicarán a los aspirantes al término del examen.

En caso de resultar Pendiente, el aspirante recibirá del Tribunal, un informe sobre su actuación y aspectos que debe mejorar.

 

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